El Consejo de Ministros aprobó el pasado viernes el Real Decreto de Ingreso en la función pública docente no universitaria, que introduce un sistema transitorio para el altísimo número de profesores interinos contratados por las Administraciones educativas, como establece la Ley Orgánica de Educación.
El Real Decreto será de aplicación ya en las próximas convocatorias de oposiciones y las medidas específicas destinadas al profesorado interino lo serán durante el periodo de aplicación de la Ley Orgánica de Educación, que es de cinco años.
Asimismo, las oposiciones constarán de una única prueba compuesta de distintos ejercicio, enfocados principalmente al conocimiento específico de la especialidad a la que se opta y de las correspondientes aptitudes pedagógicas además de, en su caso, un ejercicio práctico. Una vez que se supere la prueba, la suma de lo obtenido en la fase de oposición con la puntuación de los méritos decidirá el resultado final.
El sistema transitorio se contempla la posibilidad de que, en sus respectivas convocatorias, las Administraciones Educativas permitan que los profesores interinos puedan solicitar un informe sobre su competencia docente.
Este informe será valorado por el tribunal de oposiciones en lugar de la parte de la prueba centrada en la planificación y desarrollo de las actividades de enseñanzas y aprendizaje.
El RD establece también un sistema estable y general para el futuro ingreso a la función pública docente, y regula los correspondientes procedimientos para los accesos y la adquisición de nuevas especialidades.
Real Decreto en pdf
Unión General de Trabajadores lo valora positivamente.
–Los interinos podrán cambiar por un informe una de las pruebas de la oposición. Artículo de El País
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